Es una realidad que el endurecimiento en las condiciones del otororgamiento de créditos por parte de las entidades financieras para la compra de vivienda está retrayendo a los potenciales compradores.
Es por ello que una buena opción para quien quiera adquirir una vivienda de protección oficial o de promoción libre, es comprar la vivienda en construcción,y así poder anticipar cantidades a lo largo de la ejecución de la vivienda, normalmente 2 ó 3 años, de forma que a la finalización del edificio el comprador tenga pagada entorno al 20% ó 30% del precio de su piso.
No obstante para evitar desagradables sorpresas debe tener encuenta lo siguiente, exiga al promotor- constructor un aval emitido por entidad financiera. De esta manera el dinero que entrega para la compra de su vivienda queda garantizada
La obligatoriedad del aval viene recogida en la Ley 57/1968, en resumen esta ley exige que cuando un comprador de una vivienda entrega dinero a una empresa promotora- constructora de viviendas, la empresa que vende el inmueble debe cumplir las siguientes condiciones:
- garantizar la devolución de las cantidaes entregadas por el comprador más el 6% del interés anaual, mediante aval solidario prestado por entidad financiera, para el caso que la construcción no se inicie o no se llegue a buen fin la ejecución en los plazos señalados.
- Las cantidades que entreguen los clientes deben percibirse a través de una entidad financiera, depositándose en una cuenta especial, separada de cualquier otra clase de fondos pertenecientes al promotor. El promotor dispondrá de esas cantidades únicamente para las atenciones derivadas de la construcción de viviendas
Cuando el comprador adquiera la vivienda en construcción debe venir expresamente indicado en el contrato que suscriba la referencia al aval, entidad financiera que lo emite y cuenta a través de la cual se entregan las cantidades.
De esta manera el comprador queda garantizado ante posibles eventualidades desagradables y podrá adquir su vivienda de una forma cómoda y con todas las garantías de la ley.
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