En la ley de presupuestos del Estado para 2.011, desaparecen las deducciones por inversión en vivienda habitual para aquellas rentas que superen los 24.000,00 euros. Aquellos que no lleguen a esta cantidad podrán deducirse el 7,5 % de las cantidades satisfechas con un máximo de unos 9.000 euros.
Pero a partir de 2.011 ¿ que ocurrirá con aquellos que han comprado una vivienda en construcción con anterioridad a 31 de diciembre de 2.010, pero no le finalizan la vivienda hasta tiempo después?.
Según la disposición transitoria decimooctava, siempre que la vivienda esté finalizada antes del 1 de enero de 2.015, tendrá derecho a deducción, independientemente de su base imponible.
Un abrazo
Deja una respuesta
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.